La Planificación Energética
Indicativa dibuja el horizonte energético para el conjunto del sistema
energético en el año 2020, mientras que el Plan de Energías Renovables
tiene el objetivo de lograr, tal y como indica la correspondiente
Directiva comunitaria, que en el año 2020 al menos el 20% del consumo
final bruto de energía en España proceda de fuentes renovables.
Las principales conclusiones de la Planificación Energética
Indicativa son las siguientes:
·
El consumo de energía final en España en 2020 será ligeramente
superior al actual (102.220 ktep), con una estructura en la que destaca
el aumento del peso de la electricidad, del gas y de las renovables de
uso final.
·
Simultáneamente se producirá un descenso del consumo de
productos petrolíferos, pasando del 77% actual al 70,9%, lo que
permitirá aumentar el autoabastecimiento energético hasta alcanzar un
porcentaje del 31,5% en 2020.
·
Las energías renovables cubrirán el 20,8% del consumo final de
energía en España en ese año, frente al 13,2% actual.
·
La electricidad de origen renovable cubrirá el 61% de la demanda
en 2020. Las renovables subirán su peso en la generación eléctrica en
un 30%, en un 57% en los usos térmicos y en un 125% en el transporte.
·
Se generará un beneficio económico estimado en 29.000 millones
de euros gracias a la menor importación de hidrocarburos. Además, en el
periodo se evitará la emisión de 171 millones de toneladas de CO2.
Según establece el Plan de Energías Renovables 2011-2020 (PER),
la energía eólica representará la mayor aportación renovable a nuestro
consumo, seguida del grupo de biomasa, biogás y residuos, con
participaciones importantes de la energía de origen hidráulico, de los
biocarburantes sostenibles y de las energías solares.
Para el adecuado cumplimiento de
estos objetivos, el PER contempla 87 propuestas de actuación, de las
cuales casi la mitad son propuestas horizontales, que afectan a las
diferentes tecnologías, y el resto son de carecer sectorial.
Para consultar la Planificación
Energética Indicativa, visite la siguiente página Web:
Para obtener más información sobre
el PER, visite la siguiente página Web:
No hay comentarios:
Publicar un comentario