Los gobiernos tienen hasta el 25 de diciembre para trasponerla a sus ordenamientos.
La Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, modifica y deroga las anteriores (2001/77/CE y 2003/30/CE) y es un buen texto para los estados que quieran hacer renovables. A España le asigna un objetivo del 20% para 2020, lo que exige hacer en los próximos diez años un esfuerzo en renovables tres veces superior al realizado en los últimos veinticinco.
La Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril de 2009, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables, modifica y deroga las anteriores (2001/77/CE y 2003/30/CE) y es un buen texto para los estados que quieran hacer renovables. A España le asigna un objetivo del 20% para 2020, lo que exige hacer en los próximos diez años un esfuerzo en renovables tres veces superior al realizado en los últimos veinticinco.
La fecha tope para hacer las trasposición al ordenamiento jurídico nacional de la Directiva es el 25 de diciembre, excepto el Art. 4, que entra en vigor inmediatamente y es el que se refiere al Plan de Acción Nacional (PAN) de renovables. Los Gobiernos deberán tener un avance del PAN en enero del 2010 y lo deberán presentar a la Comisión como máximo el 30 de junio de 2010 con el contenido que se detalla en el anexo VI.
En dicho anexo se establecen los requisitos mínimos del modelo armonizado para los PAN. Entre ellos, la necesidad de ampliar o reforzar la infraestructura existente para facilitar la integración de la energía procedente de fuentes renovables, medidas para acelerar los trámites de autorización y otras para reducir las barreras no tecnológicas.
La Directiva establece objetivos vinclulantes –un 20% de consumo final bruto de energías renovables para 2020 y del 10% en el transporte– e insiste reiteradamente en la integración de las renovables en el sector del transporte, en el de la edificación y el urbanismo. Además, la oportunidad que representa para el sector de las renovables se acrecienta con el reconocimiento expreso que se hace de las externalidades de estas fuentes y las garantías que se dan a los actuales sistemas de apoyo, que deberán mantenerse mientras los precios no reflejen los costes reales de todas las fuentes.
El diario oficial de la UE de 5 de junio publica también otras medidas relacionadas con la política sobre energía y clima de la UE. Entre ellas, la Directiva 2009/29/CE para perfeccionar y ampliar el régimen comunitario de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero; y la Direvita 2009/31/CE relativa al almacenamiento geológico de dióxido de carbono.